
La factura electrónica obligatoria ya tiene un calendario oficial en España y trae una noticia importante para miles de negocios: las pymes y los autónomos tendrán hasta el 6 de octubre de 2028 para adaptarse a la nueva normativa de facturación electrónica.
Aunque 2027 era una de las fechas que más preocupaban a las empresas, la publicación de la Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, ha confirmado los plazos definitivos de implantación.
Sin embargo, no todas las empresas tendrán que cumplir esta obligación al mismo tiempo. Las que superen los 8 millones de euros de volumen anual de operaciones deberán adaptarse un año antes, en octubre de 2027.
¿Qué significa este cambio para tu negocio? ¿A quién afecta la factura electrónica obligatoria? ¿Qué debes preparar antes de 2028?
En Bizital te explicamos las nuevas fechas, los requisitos principales y cómo aprovechar este margen para digitalizar tu facturación sin complicaciones de última hora.
La factura electrónica será obligatoria en 2028 para pymes y autónomos
La nueva normativa establece que, a partir del 6 de octubre de 2028, los empresarios y profesionales que no superen los 8 millones de euros de volumen anual de operaciones deberán emitir y recibir facturas electrónicas en las operaciones entre empresas y profesionales (B2B) incluidas en su ámbito de aplicación.
Esta obligación forma parte de la Ley Crea y Crece, cuyo objetivo es impulsar la digitalización empresarial, mejorar la transparencia de las operaciones comerciales y contribuir a reducir la morosidad.
La confirmación del calendario llega tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Orden HAC/1028/2026, que entró en vigor el 6 de octubre de 2026 y activó los plazos de adaptación.
Para las pequeñas empresas y los profesionales autónomos, esto supone disponer de dos años desde esa fecha para preparar sus herramientas y procesos de facturación.
No obstante, el cambio de calendario no significa que la factura electrónica deje de ser obligatoria. La obligación sigue adelante: lo que cambia es cuándo deberá cumplirse.
Nuevas fechas de la factura electrónica obligatoria: calendario 2027, 2028 y 2029
La implantación será progresiva y dependerá del volumen de operaciones y del tipo de contribuyente.
| Fecha | ¿A quién afecta? | ¿Qué será obligatorio? |
| 6 de octubre de 2027 | Empresas y profesionales con volumen anual de operaciones superior a 8 millones de euros | Emitir, enviar y recibir facturas electrónicas e informar sobre sus estados y pagos |
| 6 de octubre de 2028 | Resto de empresas y autónomos | Emitir, enviar y recibir facturas electrónicas. Las personas jurídicas también deberán comunicar los estados y pagos |
| 6 de octubre de 2029 | Personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentas que no superen los 8 millones de euros | Comenzar a comunicar los estados y pagos de las facturas |
Este calendario permite una adaptación escalonada, teniendo en cuenta que no todas las empresas disponen de los mismos recursos tecnológicos y administrativos.
¿Qué ocurre con los autónomos que todavía hacen facturas en PDF o Excel?
Muchos autónomos y pequeños negocios siguen utilizando plantillas de Excel, documentos de Word o facturas en PDF enviadas por correo electrónico.
Con la nueva normativa, un PDF convencional no será suficiente para cumplir la obligación de factura electrónica B2B cuando esta resulte aplicable.
Las facturas deberán generarse e intercambiarse en formatos electrónicos estructurados, que permitan que los sistemas informáticos procesen automáticamente la información.
Por ejemplo, un autónomo que presta servicios de mantenimiento a otras empresas y actualmente envía sus facturas por correo en PDF deberá adaptar su procedimiento para cumplir la normativa antes de octubre de 2028.
En cambio, un negocio que ya utiliza un software de facturación tendrá que comprobar si su herramienta cumple los nuevos requisitos o necesita actualizarse.
¿Qué es la factura electrónica obligatoria y cómo funcionará?
La factura electrónica es un documento digital que recoge la información de una operación comercial y que cumple los requisitos legales para su emisión, transmisión y recepción.
La principal diferencia respecto a una factura tradicional es que, en el nuevo sistema obligatorio entre empresas, la información deberá intercambiarse mediante formatos estructurados.
Esto permitirá automatizar tareas que actualmente requieren intervención manual, como registrar facturas, comprobar datos, controlar vencimientos o gestionar pagos.
Las empresas podrán utilizar plataformas privadas compatibles o la solución pública gratuita prevista por la Administración.
Además, el sistema incorporará obligaciones de información sobre el estado de las facturas y los pagos, con los plazos establecidos para cada tipo de contribuyente.
¿Qué ventajas puede aportar a una pyme?
Más allá del cumplimiento legal, adoptar la factura electrónica puede ayudar a:
- Reducir errores administrativos: evitar la introducción manual de datos y las duplicidades.
- Ahorrar tiempo: automatizar parte de la emisión, recepción y contabilización de facturas.
- Controlar mejor los cobros: disponer de información más organizada sobre facturas pendientes y pagadas.
- Mejorar la organización: centralizar la documentación y facilitar su consulta.
- Preparar el negocio para crecer: trabajar con procedimientos digitales más eficientes y escalables.
Por tanto, la adaptación no tiene por qué entenderse únicamente como una obligación administrativa, sino también como una oportunidad para mejorar la gestión del negocio.
Factura electrónica y Verifactu: ¿son lo mismo?
Una de las dudas más habituales entre empresas y autónomos es si la factura electrónica obligatoria y Verifactu son el mismo sistema.
La respuesta es no. Son dos obligaciones diferentes, aunque relacionadas con la digitalización de la facturación.
La factura electrónica obligatoria regula principalmente cómo deben emitirse, transmitirse y recibirse las facturas en determinadas operaciones comerciales entre empresas y profesionales.
Por su parte, la normativa de sistemas informáticos de facturación, conocida habitualmente como Verifactu, establece requisitos técnicos para garantizar la integridad, conservación y trazabilidad de los registros de facturación.
En octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda también ha anunciado su intención de ampliar hasta octubre de 2028 los plazos pendientes de adaptación de los sistemas informáticos de facturación, para coordinarlos con la implantación de la factura electrónica.
No obstante, este aplazamiento de Verifactu se encuentra anunciado y requiere su correspondiente aprobación normativa. Hasta que se formalice, deben tenerse en cuenta las fechas legalmente vigentes y las comunicaciones oficiales de la Agencia Tributaria.
Por eso es importante elegir herramientas que contemplen ambas regulaciones y mantenerse informado sobre los cambios.
¿Qué deben hacer las pymes y los autónomos antes de 2028?
Aunque todavía existe un margen de adaptación, esperar hasta los últimos meses puede generar gastos innecesarios, problemas técnicos y dificultades para reorganizar los procesos internos.
Desde Bizital recomendamos abordar el cambio de forma progresiva.
1. Revisar cómo se están emitiendo las facturas
El primer paso es comprobar si actualmente se utilizan documentos manuales, plantillas o un programa de facturación.
También conviene identificar cuántas facturas se emiten al mes, a qué tipo de clientes se factura y cómo se gestionan los cobros.
2. Comprobar si el software está preparado
No todos los programas de facturación ofrecen las mismas funcionalidades.
Es importante verificar que la solución utilizada pueda adaptarse a los formatos, requisitos e intercambios exigidos por la nueva normativa.
3. Organizar la documentación y los procesos
La digitalización no consiste solamente en instalar un programa.
También implica revisar cómo se recopilan los datos de los clientes, cómo se registran las operaciones y cómo se realiza el seguimiento de las facturas pendientes.
4. Formar a las personas que gestionan la facturación
Si varias personas intervienen en el proceso administrativo, todas deben conocer el nuevo funcionamiento.
Una herramienta adecuada resulta mucho más útil cuando se integra correctamente en el trabajo diario.
5. Planificar la adaptación con antelación
El objetivo no debería ser cambiar el sistema de facturación únicamente unos días antes de la fecha límite.
Una planificación adecuada permite probar las herramientas, detectar incidencias y realizar la transición sin interrumpir la actividad del negocio.
¿Es recomendable esperar hasta octubre de 2028 para digitalizar la facturación?
Aunque las pymes y los autónomos disponen hasta octubre de 2028 para cumplir la nueva obligación general de factura electrónica B2B, esperar hasta el último momento no suele ser la mejor decisión.
Una empresa que empieza a digitalizar sus facturas hoy puede conseguir beneficios antes de que llegue la fecha obligatoria.
Por ejemplo, una pequeña empresa de servicios que emite 150 facturas mensuales puede simplificar tareas repetitivas si conecta su facturación con un sistema de gestión, organiza sus clientes y automatiza el seguimiento de los documentos.
El verdadero valor de la digitalización no está únicamente en cumplir la normativa, sino en dedicar menos tiempo a tareas administrativas y disponer de más información para gestionar el negocio.
Preguntas frecuentes sobre la factura electrónica obligatoria en 2028
¿Cuándo será obligatoria la factura electrónica para autónomos?
La factura electrónica B2B será obligatoria con carácter general para los autónomos con un volumen de operaciones igual o inferior a 8 millones de euros a partir del 6 de octubre de 2028. La obligación adicional de comunicar los estados y pagos de las facturas comenzará para las personas físicas afectadas el 6 de octubre de 2029.
¿La factura electrónica deja de ser obligatoria en 2027?
No para todas las empresas. Desde el 6 de octubre de 2027 será obligatoria para empresarios y profesionales cuyo volumen de operaciones haya superado los 8 millones de euros durante el año natural anterior. El resto deberá adaptarse a partir del 6 de octubre de 2028.
¿Será obligatorio utilizar un programa de facturación?
Será necesario contar con un procedimiento que permita cumplir los requisitos de emisión, transmisión y recepción de facturas electrónicas. Las empresas podrán utilizar soluciones privadas compatibles o la solución pública prevista por la Administración.
¿Se podrán seguir enviando facturas en PDF?
Un PDF convencional no sustituirá a la factura electrónica estructurada exigida en las operaciones B2B sujetas a la nueva obligación. La normativa contempla determinados supuestos y períodos transitorios, pero no permite considerar cualquier PDF como una factura electrónica estructurada válida.
¿La factura electrónica obligatoria afecta a las facturas emitidas a particulares?
La nueva obligación general regulada por la Ley Crea y Crece se centra en las operaciones entre empresarios y profesionales (B2B). Las operaciones con consumidores finales (B2C) no quedan incluidas por el mero hecho de aprobarse esta medida, sin perjuicio de otras obligaciones de facturación aplicables.
¿Es lo mismo Verifactu que la factura electrónica?
No. Verifactu se relaciona con los requisitos técnicos de los sistemas informáticos de facturación y sus registros. La factura electrónica B2B regula el intercambio de facturas electrónicas entre empresas y profesionales.
Bizital: te ayudamos a preparar la digitalización de tu negocio
La confirmación de la factura electrónica obligatoria para 2028 ofrece a pymes y autónomos una oportunidad para adaptarse de manera organizada.
Pero cumplir con la normativa es solo una parte del proceso. Elegir herramientas adecuadas, reducir tareas manuales y mejorar la gestión administrativa puede marcar una diferencia real en el día a día de cualquier empresa.
En Bizital ayudamos a pymes y autónomos a avanzar en su digitalización, con soluciones prácticas y adaptadas a las necesidades de cada negocio.
Nuestro enfoque consiste en acompañar a las empresas durante el proceso de transformación digital, ayudándolas a incorporar herramientas que aporten valor y faciliten su actividad.
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